Martes, mayo 2, 2017
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1° de mayo incompleto

COTOPAXI (O) | El 1 de mayo es reconocido en casi todos los países del mundo como el Día del Trabajo. En esta fecha se recuerda a los trabajadores de Chicago, Estados Unidos, que en 1886 iniciaron una gigantesca huelga para conseguir una jornada laboral de ocho horas, con dos días de descanso.

Por: Martin Villamarín Espinel, columnista invitado (O)

En Ecuador, con motivo del Centenario del Primer Grito de Independencia, el 10 de agosto de 1909 se realizó el Primer Congreso Obrero Ecuatoriano. En 1911, por iniciativa de la Asociación de Abastecedores del Mercado de Guayaquil, se conmemoró, por primera vez, el 1º. de Mayo, que los trabajadores ecuatorianos continuaron recordando en los siguientes años. El gobierno de Leonidas Plaza Gutiérrez, mediante decreto del 23 de abril de 1915, consagró “el Primero de Mayo de cada año, día feriado para los obreros del Ecuador”. Al año siguiente (1916) se decretó en el país la jornada de 8 horas, aunque fue sistemáticamente burlada.

Partiendo de los citados datos históricos podemos decir que se viene una nueva lucha por otro sector de mucha valía (discapacidades), ya que no se refleja los ofrecimientos políticos en su totalidad en lo referente a la inclusión laboral.

Las personas con “discapacidad” siempre han sido estigmatizadas por el sector laboral, y lo citado se ve reflejado hasta estos días, sin tomar en cuenta que la “discapacidad” nunca ha opacado ni opacará la CAPACIDAD de muchas personas que tienen este “inconveniente” pero a pesar de ello cuentan con un nivel intelectual muy elevado, así como también con un gran talento en el ámbito artístico y demás ámbitos sociales; por lo cual, deberían ser tomados en cuenta en todas las empresas e instituciones públicas y privadas.

El solo hecho de luchar con una silla de ruedas, unas muletas, unos lentes, con yesos, con cirugías frecuentes, con tratamientos excesivos en costos, con medicina diaria para los dolores, con la misma soledad, con la apatía de sus conocidos, etc.  Ya es un mérito del que deben ser valorados, la lucha constante de las personas con discapacidad es diaria, más aun cuando no son tomados en cuenta por su conocimiento, sino son rechazados por su apariencia.

Lamentablemente vivimos en un mundo con perjuicios y esa lucha de las personas con “discapacidad” ha sido fuerte y seguirá siendo fuerte hasta conseguir verdaderos espacios de inclusión laboral.

El Licenciado Lenín Moreno, presidente electo el 2 de abril del año en curso, entenderá cada palabra antes mencionada, ya que hay que vivir y sentir en carne propia los dolores “mortales” de algunas cirugías para recuperar en parte la salud, seguro me atrevo a decir que esta será una nueva era para todos quienes verdaderamente son revolucionarios de la vida y lo único que quieren es aportar de una forma digna a su familia y a la sociedad.

A veces es incluso la fe que se va desvaneciendo en nosotros las personas con discapacidad, pero más allá de eso, está la sonrisa de nuestros hijos que es nuestra luz de esperanza; el sufrimiento de nuestras esposas y familia nos dan la fortificación para seguir luchando por estar bien.

Es menester valorar y reconocer a todos quienes tienen “discapacidad” ya que a veces sin trabajar, trabajan a diario por levantarse, por acostarse, por ser útiles en cada uno de sus hogares.

El día del trabajo se lo vivará y festejará en su totalidad cuando la igualdad de oportunidades y la inclusión laboral se vea reflejada en los espacios públicos y privados para quienes tenemos “discapacidad” o “capacidades diferentes”

Que quede bien claro que no necesitan o no necesitamos que nos regalen nada, más bien solo queremos tener la oportunidad de demostrar nuestra capacidad laboral y profesional en todo ámbito  y hablo en primera persona porque formo parte de este gigantesco grupo de personas valiosas en la sociedad y no valoradas.

¡FELIZ DÍA DEL TRABAJO!

La lucha seguirá hasta que la inclusión laboral sea una realidad, más no sólo sea una utopía.

NOTA.- LA LEY ORGÁNICA DE DISCAPACIDADES DE SEPTIEMBRE DE 2012 DICE CLARAMENTE EN SU REGISTRO OFICIAL:

Artículo 47.- Inclusión laboral.- La o el empleador público o privado que cuente con un número mínimo de veinticinco (25) trabajadores está obligado a contratar, un mínimo de cuatro por ciento (4%) de personas con discapacidad, en labores permanentes que se consideren apropiadas en relación con sus conocimientos, condiciones físicas y aptitudes individuales, procurando los principios de equidad de género y diversidad de discapacidades. El porcentaje de inclusión laboral deberá ser distribuido equitativamente en las provincias del país, cuando se trate de empleadores nacionales; y a los cantones, cuando se trate de empleadores provinciales. En los casos de la nómina del personal de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Cuerpos de Bomberos y Policías Municipales del sector público, empresas de seguridad y vigilancia privada; se tomará en cuenta únicamente la nómina del personal administrativo para el cálculo del porcentaje de inclusión laboral detallado en el inciso anterior, excluyendo el desempeño de funciones operativas en razón del riesgo que implica para integridad física de la personas con discapacidad. El trabajo que se asigne a una persona con discapacidad deberá ser acorde a sus capacidades, potencialidades y talentos, garantizando su integridad en el desempeño de sus labores; proporcionando los implementos técnicos y tecnológicos para su realización; y, adecuando o readecuando su ambiente o área de trabajo en la forma que posibilite el cumplimiento de sus responsabilidades laborales. En caso de que la o el empleador brinde el servicio de transporte a sus trabajadores, las unidades de transporte deberán contar con los accesos adecuados correspondientes o serán válidos otros beneficios sociales de acuerdo al reglamento de la presente Ley. Para efectos del cálculo del porcentaje de inclusión laboral se excluirán todos aquellos contratos que la Ley de la materia no establezca de naturaleza estable o permanente.

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