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Domingo, noviembre 26, 2017
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El procedimiento abreviado reduciría una eventual pena al latacungueño y a otros procesados por Odebrecht

ECUADOR (I) | Mantenerse como inocente o admitir la culpa y obtener beneficios. Ese dilema ha llevado a tres de los 18 procesados por asociación ilícita, vinculada a la trama de corrupción auspiciada por Odebrecht, a acogerse al procedimiento abreviado del Código Orgánico Integral Penal en busca de ventajas sobre una eventual condena.

Por: Sara España

Tomado de Diario EXPRESO (I)

Quito (Pichincha). El último en sumarse a los beneficios fue, tal y como publicó ayer EXPRESO, Gustavo Massuh por la vía de la cooperación. El empresario con compañías ‘offshore’, que es investigado como intermediario en el pago de sobornos de Odebrecht a funcionarios público, en cambio se había mostrado reticente desde el inicio a beneficiarse del procedimiento abreviado, con el que obtendría una rebaja de al menos un tercio de la pena asociada a los hechos que se le imputan. En este caso, asociación ilícita se castiga con hasta cinco años de prisión.

Tras su cambio de opinión, ya hay siete vinculados con beneficios, incluidos los cuatro brasileños que mantienen con la Fiscalía ecuatoriana un pacto de cooperación. Y también sumando a Képler Verduga y José Rubén Terán Naranjo (de Latacunga), que lo habían solicitado al poco tiempo de iniciarse la instrucción.

Para otros, como Carlos Villamarín, las ventajas en la pena no son compatibles con su situación si debe admitir los hechos que se le atribuyen.

“Él mantiene su inocencia”, reitera su abogado defensor como ha sostenido su cliente desde que fue detenido en junio. De hecho, Juan Carlos Quintana defiende que durante los más de 90 días de instrucción fiscal no ha habido cambios en cuanto a lo atribuido a su cliente, por lo que, razona, la causa contra él “se ha ido desvaneciendo”. Aun así, no espera que Villamarín sea excluido del llamado a juicio cuando finalice la etapa de instrucción. “Si la Fiscalía se opuso a que las medidas cautelares sean sustituidas, no creo que no haya acusación. Pero ese es mi sentir”, compartió el defensor, sin querer adelantarse a la decisión del ministerio público.

Con la admisión de los hechos y el procedimiento abreviado, los procesados también pueden hacer valer su testimonio con carga de prueba antes de que se celebre el juicio. Eso es lo que han pedido, para evitar riesgos. Y así, se hace más difícil que las declaraciones o indicios hasta ahora recabados en la instrucción se desvanezcan antes del juzgamiento.

Para saber

Qué beneficios

El artículo 636, párrafo tercero, dispone que si un procesado se acoge al procedimiento abreviado se beneficia de una rebaja de la pena que no podrá ser menor a un tercio de la mínima prevista.

Para quién

Se aplica este beneficio para quienes admitan el hecho que se les atribuye.

Con qué condiciones

Solo cuando las infracciones que están en cuestión estén castigadas con una pena de hasta 10 años de prisión.

Testimonio anticipado

El 502.2 permite al juzgador recibir como prueba anticipada los testimonios, entre otros, de informantes, testigos protegidos o de quienes no puedan acudir a juicio.

Foto: Octubre Instrucción fiscal. Con la extensión del proceso a 120 días, aumenta el plazo para acogerse al trámite abreviado. (Expreso)

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